El Infoem multó a dos presidentes municipales por incumplir con resoluciones en materia de transparencia
Por vez primera, el organismo garante estatal impuso multas económicas a superiores jerárquicos municipales
Esta es la primera ocasión que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), impone una multa a un presidente municipal. No es la intención de este Pleno ser sancionador, pero sí hacer valer la Ley. No hemos dejado de ser cuidadosos en notificar y tener medidas de apremio previas a la multa, para tratar de ser justos. Enviamos un mensaje de firmeza, pero también de disposición al acercamiento y la permanente capacitación con todos los sujetos obligados, argumentó José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente de este instituto.
Durante la 45ª Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo autónomo, se aprobó la imposición de 63 medidas de apremio a diversos sujetos obligados; de las cuales, 31 consistieron en apercibimientos; 29 amonestaciones públicas y 3 multas: una de ellas impuesta al titular de la unidad de transparencia del Ayuntamiento de Polotitlán y dos multas con valor de 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); es decir, 15 mil 561 pesos, dirigidas a los presidentes municipales de los ayuntamientos de Joquicingo y Tenango del Aire.
Aunado a la aprobación de estos acuerdos, en esta última sesión del Pleno de este 2023, el Infoem aprobó también el calendario oficial de labores y de sesiones ordinarias del Pleno, para el año 2024 y enero 2025. De igual forma, se aprobó el Plan Anual de Trabajo correspondiente al año 2024; así como la aprobación de un acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del Manual General de Organización de este instituto; y un acuerdo más por el que se reforman diversas disposiciones de las Políticas Administrativas de Recursos Humanos, Financieros, Adquisiciones, Asignación y Uso de Bienes, así como la Contratación de Servicios del Infoem.
Por otra parte, a lo largo de esta sesión, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió un voto particular a un proyecto de resolución, debido a la clasificación de la firma en documentos que acreditan el nivel de estudios de una persona servidora pública; ya que, dijo, ello permite la identificación plena de la o el funcionario, a fin de acreditar su preparación académica y con ello, su idoneidad en la función pública.
En otro sentido, la Comisionada Sharon Morales Martínez emitió voto particular en un proyecto, donde el sujeto obligado remitió el listado de números de oficio con los cuales autorizó llevar a cabo operativos al transporte público. Ante ello, consideró incongruente que se dé la opción para que la autoridad manifieste no contar con este documento, pues no es posible declarar que se autorizó el operativo con un oficio y posteriormente argumentar que éste fue cancelado.
Al emitir un voto disidente en un proyecto de resolución a un recurso de revisión, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega consideró que se debió proteger el derecho humano del particular y realizar un análisis de fondo, sobre el acceso a los datos personales solicitados; ya que el motivo de inconformidad se ajusta a los supuestos de procedencia de la Ley, por lo que no procedía el sobreseimiento por improcedente.
Finalmente, tras agradecer este año de intensa labor de sus pares del Pleno, así como de quienes integran las ponencias, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió un voto disidente en un proyecto, pues la solicitud fue analizada a la luz del proceso de contratación, no obstante la información proporcionada por el particular. Se advirtió que se solicitó información generada respecto al suministro de agua potable, ante lo cual, estimó que la información es de carácter confidencial.