El Infoem impuso 56 medidas de apremio, ante el incumplimiento en materia de transparencia
El Pleno de este organismo garante realizó la 27ª Sesión Ordinaria, donde se votaron proyectos de resolución a recursos de revisión interpuestos por la ciudadanía
José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) sometió a consideración del Pleno de este organismo autónomo, la imposición de 56 medidas de apremio a diversos servidoras y servidores públicos adscritos a diferentes sujetos obligados, quienes fueron omisos en la atención de las resoluciones de recursos de revisión; de los cuales 52 fueron apercibimientos, en tanto que las otras cuatro refirieron amonestaciones públicas; todas, dirigidas a titulares de las unidades de transparencia.
Dichas medidas fueron aprobadas por unanimidad, durante la 27ª Sesión Ordinaria del Pleno, en la cual, quienes integran este órgano colegiado pronunciaron también sus votos respecto a los distintos proyectos de resolución a recursos de revisión interpuestos por la ciudadanía, con el objetivo de garantizar oportunamente el ejercicio de este derecho humano en la entidad mexiquense.
En este sentido, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió un voto disidente, tras señalar que en uno de estos proyectos se omitió considerar que la información proporcionada por los sujetos obligados al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), sólo es utilizada para efectos de fiscalización, toda vez que como generadores de dichos documentos son quienes tienen y cuentan con la información actualizada, verificable y completa.
Por su parte, la Comisionada Sharon Morales Martínez manifestó su voto en contra de otro asunto, al considerar que el sobreseimiento no se encuentra debidamente justificado y contraviene los principios constitucionales y legales que protegen el derecho de acceso a la información; pues el hecho de que el solicitante haya utilizado lenguaje altisonante en la solicitud o en la interposición del recurso de revisión, si bien es reproblable, no es razón suficiente para privarle del ejercicio de ese derecho.
En su participación, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega emitió un voto disidente a otro de los proyectos, pues desde su perspectiva, el nombre de los agentes del ministerio público debe ser público, en la tesitura de dicho caso; ya que existe relevancia sobre la función social que realizan estos servidores públicos; además de que no basta con indicar que normativamente se encuentran catalogados como personal operativo, sino que para reservar la información se debe acreditar el daño que se ocasionaría con la entrega de sus nombres.
Al hablar sobre otros proyectos, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió un voto particular, porque en el estudio de la propuesta de resolución se consideró que debe hacerse pública la fotografía de servidoras y servidores públicos, sin importar el nivel o cargo y en cualquier documento que se encuentre vinculado al cumplimiento de disposiciones legales; sin embargo, consideró importante ponderar si es realmente necesario y proporcional hacer pública su imagen, lo cual debe evaluarse cuidadosamente en cada uno de los casos y no por una regla general.
Es necesario destacar que a lo largo de esta sesión del Pleno se votaron 224 proyectos de resolución a recursos de revisión.