El Infoem impuso 41 medidas de apremio ante el incumplimiento de resoluciones en materia de transparencia
En Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo garante, se resolvieron también, 219 proyectos de resolución a recursos de revisión
Durante la 18a Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), se aprobó la imposición de 41 medidas de apremio, dirigidas a diversos servidores públicos de los sujetos obligados, por el incumplimiento a resoluciones de recursos de revisión, de las cuales, 29 fueron apercibimientos, 11 amonestaciones públicas y una multa al Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Jiquipilco.
En esta sesión, el Comisionado Presidente de este organismo autónomo emitió también un voto disidente a un proyecto de resolución, tras considerar que debió ordenarse el acuerdo de inexistencia, respecto del expediente laboral del presidente municipal; así como su último grado de estudios. Explicó que la integración del expediente laboral en las instituciones públicas no distingue si son servidores públicos por nombramiento o fruto de una elección popular. Aunado a ello, la entrega de este dato favorece la transparencia y la rendición de cuentas.
Por otra parte, la Comisionada no compartió el sobreseimiento propuesto y emitió un voto disidente, pues debió ordenarse una nueva búsqueda exhaustiva y razonable, a fin de ordenar las renuncias presentadas por los servidores públicos de confianza; ya que en la respuesta original, el sujeto obligado refirió que el término de la relación laboral se efectuó de conformidad a un acuerdo publicado el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, que alude a los procesos de entrega-recepción de las unidades administrativas y señala que se debe adjuntar al acta, la copia del acuse de recibo de la renuncia, por lo que la información sí puede obrar en sus archivos.
En otro sentido, la también Comisionada del Infoem emitió un voto en contra a otro proyecto, al no compartir el sobreseimiento del asunto, en razón de que el particular utilizó lenguaje inapropiado o insultante dentro de la solicitud. La función de este organismo autónomo, dijo, es garantizar el derecho de acceso a la información pública, pese a cualquier manifestación subjetiva que realice el particular; por lo que en este caso se debió entrar al estudio del asunto y resolver conforme a la ley.
Al respecto, el Comisionado del Infoem realizó también un voto disidente en este caso, pues consideró que si en una solicitud o recurso de revisión se encuentran manifestaciones subjetivas que corresponden al ejercicio del derecho a la libertad de expresión y a su vez, se requiere información pública, se debe privilegiar el ordenar la entrega de la información pública, pues dichas manifestaciones no deben constituir censura previa.
Finalmente, la Comisionada emitió un voto particular, tras estimar que con la entrega de la información concerniente al personal operativo de seguridad pública, se puede revelar el estado de fuerza del órgano público, por lo que la documentación debe clasificarse como información reservada, pues su publicidad puede dar a conocer datos que dejen ver la capacidad de reacción de las instituciones encargadas de la seguridad pública, lo que podría vulnerar la seguridad pública municipal.
Cabe destacar que en esta sesión, las y los Comisionados de este organismo garante resolvieron 219 proyectos de resolución a recursos de revisión, con el objetivo de garantizar estos dos derechos humanos en la entidad mexiquense.