Preguntas Frecuentes

La Dirección de Protección de Datos Personales, la cual promueve la adopción de medidas de seguridad que garanticen la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos personales, en congruencia con los principios, derechos, excepciones, obligaciones, sanciones y responsabilidades que rigen en la materia; así como coadyuva en la implementación de procedimientos sencillos y expeditos para que toda persona pueda ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Como titulares de nuestros datos personales tenemos la posibilidad única y exclusiva, de decidir sobre el uso y tratamiento que se le da a nuestra información, de manera consciente y reflexiva, en el ejercicio de nuestra autodeterminación informativa.

El Infoem, mediante la aplicación de las leyes, la resolución de los recursos de revisión y la vigilancia de su cumplimiento por parte de los sujetos obligados.

Podemos acreditar nuestra identidad mostrando alguna identificación oficial, firma electrónica avanzada, documentos aprobados por el sujeto obligado o por el INAI, publicados por acuerdo general en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” o en el Diario Oficial de la Federación.

Sí, siempre que nosotros autoricemos una cláusula en nuestro testamento a las personas que podrán ejercer sus derechos ARCO al momento de fallecer.

No, sólo pueden realizarnos cobros para recuperar los costos de reproducción, certificación o envío de acuerdo a los términos previstos por el Código Financiero del Estado de México y demás disposiciones jurídicas aplicables.

En algunos casos los sujetos obligados pueden hacerlo, cuando la transmisión se prevea en las leyes, convenios o tratados internacionales suscritos y ratificados por México, se realice entre sujetos obligados, siempre que nuestros datos se utilicen para la misma finalidad para los que se recabaron, resulte legalmente necesaria para la investigación y persecución de delitos, sea esencial para la prevención o el diagnósticos médico; la prestación de asistencia sanitaria y tratamiento médico, y la gestión de servicios de salud, o por razones de seguridad pública.

La portabilidad y la limitación del tratamiento de nuestros datos se hacen valer a través de mecanismos que cada sujeto obligado determina en los respectivos avisos de privacidad.

Los sujetos obligados pueden negar este derecho cuando no acreditemos debidamente nuestra personalidad, los datos personales no se encuentren en posesión del responsable, exista un impedimento legal, se lesionen los derechos de un tercero, se obstaculicen actuaciones judiciales o administrativas o exista una resolución de autoridad competente que restrinja el acceso a los datos.

 Si consideramos que los sujetos obligados han dado un tratamiento inadecuado a nuestros datos personales, podemos presentar una denuncia ante el Infoem. Dicha acción puede llevarse a cabo de manera física, por escrito, por comparecencia, o por correo electrónico a la dirección datospersonales@infoem.org.mx

Para poder realizar denuncias telefónicas, debemos marcar al número 722 238 8447.

Puedes presentar una denuncia contra un sujeto obligado cuando haya dado un tratamiento inadecuado a tus datos personales, de  manera física, por escrito, por comparecencia, o por correo electrónico (datospersonales@infoem.org.mx)

La denuncia deberá incluir nuestro nombre, o el de nuestro representante, el domicilio o medio para recibir notificaciones, los hechos en los que nos basamos y los elementos con los que contamos, nombre del sujeto obligado y su domicilio, la firma del denunciante o su representante.

Las denuncias realizadas vía telefónica son recibidas por personal de la Dirección de Protección de Datos Personales del Infoem, que también puede brindar asesoría en la línea 722 238 8447.

Correo: datospersonales@infoem.org.mx

Teléfonos: 722 238 8487, 722 238 8491, 722 238 8888

Horario de atención al público: De 9:00 a 18:00 hrs.

El el derecho que tenemos de que el responsable de nuestros datos nos proporcione copia de la información que obre en sus archivos. 

El titular tendrá derecho a obtener del responsable una copia de los datos objeto de tratamiento en un formato electrónico estructurado y comúnmente utilizado que le permita seguir utilizándolos.

 Cuando el titular haya facilitado los datos personales y el tratamiento se base en el consentimiento o en un contrato, tendrá derecho a transferir dichos datos personales y cualquier otra información que haya facilitado y que se conserve en un sistema de tratamiento automatizado a otro sistema en un formato electrónico comúnmente utilizado, sin impedimentos por parte del responsable del tratamiento de quién se retiren los datos personales.

Es nuestro derecho solicitar al responsable se limite el tratamiento de nuestros datos cuando el titular impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos; el tratamiento sea ilícito y el titular se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso; el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el titular los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones; o cuando  el titular se haya opuesto al tratamiento, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del titular.

El tratamiento de datos personales de nuestras niñas, niños y adolescentes se privilegiará el interés superior de éstos, de acuerdo a la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México y las demás disposiciones aplicables.

El tratamiento se realizará por medio del titular de la patria potestad o tutela y el responsable del tratamiento obtendrá su autorización por escrito. Tampoco se publicarán los datos de las niñas, niños y adolescentes sin la autorización de su representante, acompañado del seudónimo del menor.

Cada sujeto obligado establecerá un Comité de Transparencia, colegiado e integrado por lo menos por tres miembros, debiendo de ser siempre un número impar, los integrantes no podrán depender jerárquicamente entre sí, conformado por  el titular de la unidad de transparencia; el responsable del área coordinadora de archivos o equivalente y el titular del órgano de control interno o equivalente.

 También estará integrado por el servidor público encargado de la protección de los datos personales cuando sesione para cuestiones relacionadas con esta materia.

 El Comité se reunirá en sesión ordinaria o extraordinaria las veces que estime necesario. El tipo de sesión se precisará en la convocatoria emitida.

(Artículos 45,  46 y 47 de la LTAIPEMyM).

Las cuotas de los derechos aplicables deberán establecerse, en su caso, en el Código Financiero del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables, en su determinación se deberá considerar que los montos  permitan o faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información.

 Los sujetos obligados a los que no les sea aplicable el Código Financiero del Estado de México y Municipios deberán establecer cuotas que no sean mayores a las dispuestas en dicho ordenamiento.

(Artículo 174 de la LTAIPEMyM)

El Instituto resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de treinta días hábiles, contados a partir de la admisión del mismo.

(Artículos 181  y 185 de la LTAIPEMyM).

Cuando el sujeto obligado tiene alguna duda o comentario sobre un Recurso de Revisión, se canaliza con los proyectistas de la Comisionada o Comisionado donde este turnado el mismo, a fin de no emitir un comentario o asesoría distinta al análisis realizado por las ponencias.

Sitios de interés

ipomex, información publica mexiquense

Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense que permite a los sujetos obligados publicar la información correspondiente a sus obligaciones de transparencia comunes y específicas, así como cualquier otra información que considere conveniente difundir en materia de transparencia y acceso a la información. Ver más

saimex sistema de acceso a la información pública mexiquense

Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex) a través del cual se formulan las solicitudes de información pública y se interponen los recursos de revisión. De esta manera, tras registrar una cuenta en este sistema electrónico y realizar una solicitud de información, es posible dar seguimiento a la presentación, respuesta, inconformidad y resolución de la misma.

Para ingresar a Saimex, debe ingresar a la página electrónica www.saimex.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

sarcoem, sistema de acceso, rectificación, corrección, oposición y portabilidad de datos personales

Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición del Estado de México (SARCOEM) por medio del cual se pueden formular solicitudes de derechos ARCO y recursos de revisión. De esta manera, tras abrir una cuenta en esta plataforma, es posible dar seguimiento a tu solicitud desde la presentación hasta la resolución.

Para acceder a SARCOEM, necesitas ingresar a www.sarcoem.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente, disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

Acto mediante el cual, cualquier persona hace del conocimiento del Instituto la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97,98, 99, 100, 101, 102 y 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para presentar una denuncia puede hacerlo a través del Sistema de Registro de Denuncias de este Instituto o Plataforma Nacional de Transparencia. Ver más

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, es una instancia de coordinación y deliberación, que tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable.

El Sistema Nacional es el espacio para construir una política pública integral, ordenada y articulada con una visión nacional, con objeto de garantizar el efectivo ejercicio y respeto de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, promoviendo y fomentando una educación y cultura cívica de estos dos derechos en todo el territorio nacional. Ver más

comité de testigos sociales Estado de México

Es un mecanismo de participación ciudadana, por medio del cual se involucra a la sociedad civil en los procedimientos de contratación pública relevantes; procedimientos en los que por su complejidad, impacto o monto de recursos requieren una atención especial para minimizar riesgos de opacidad y corrupción. Ver más

Plataforma a través del cual se realiza la actualización del directorio de servidores públicos responsables en materia de transparencia, cédulas de bases de datos personales y seguimiento de proyectos del Programa Anual de Sistematización y actualización de la información. Ver más

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