Toluca, México 26 de abril de 2019

 

José Guadalupe Luna Hernández, Comisionado del Infoem, capacitó a los servidores públicos del Ayuntamiento de Tlatlaya

La protección de los datos personales es un tema sumamente complejo, puesto que, a diferencia del acceso a la información pública, los servidores públicos no cuentan con un catálogo completo, preciso y exhaustivo de todos los elementos relacionados con el ejercicio de este derecho. Por lo tanto, deben analizar y tomar decisiones caso por caso, valorando el contexto y el vínculo entre cada dato y su titular, señaló José Guadalupe Luna Hernández, Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

Al capacitar a funcionarios del Ayuntamiento de Tlatlaya, el Comisionado añadió que existe una noción de la información relativa las obligaciones de transparencia y los documentos que pueden entregarse en respuesta a una solicitud de información, pero no sucede lo mismo con los datos personales. Si bien la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios ofrece una definición exacta de qué se entiende por dato personal y dato personal sensible, es necesario realizar una interpretación de la trascendencia de cada uno de ellos, según el entorno del titular.

Por ejemplo, advirtió el Comisionado, un dato personal como el sueldo mensual de un particular o de un servidor público no se sujeta al mismo régimen de protección, ya que el primero es estrictamente privado, mientras que el segundo, al ser pagado del erario, tiene carácter público y puede hacerse del conocimiento de la sociedad. Sin embargo, un dato personal sensible, como el estado de salud, siempre se clasifica como confidencial, sea quien sea su titular.