Metepec, Estado de México a 9 de mayo de 2024

En la 16ª Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo garante se aprobaron diversos acuerdos, aplicables para los más de 300 sujetos obligados en la entidad

Además de aprobar el acuerdo mediante el cual, se emiten los Lineamientos para la Verificación Virtual Oficiosa y por Denuncia a los Portales de Internet de las Obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados o de la Plataforma Nacional de Transparencia, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México (Infoem) aprobó también el Acuerdo mediante el cual, se modifican los Lineamientos para implementar los procedimientos de investigación y verificación, así como la práctica de auditorías voluntarias a los responsables de la Ley de Protección de Datos Personales del estado.

En el marco de la 16ª Sesión Ordinaria del Pleno de este organismo garante, por unanimidad se aprobaron dichos acuerdos, aplicables para los más de 300 sujetos obligados en la entidad; al tiempo que se aprobó que en próximas fechas se emitirá la Convocatoria al Primer Proceso de Evaluación para Obtener la Certificación en el Estándar de Competencia Laboral EC 1171 “Garantizar el derecho a la protección de datos personales” 2024.

Además, durante esta sesión, las y los comisionados presentes emitieron sus votos, respecto de los distintos proyectos de resolución a recursos de revisión. Al respecto, el Comisionado Presidente emitió un voto particular a un proyecto, pues consideró que debe eliminarse la salvedad que se le da a los sujetos obligados para que puedan pronunciarse en el supuesto de que no cuenten con el último grado de estudios, incluida toda persona servidora pública; pues ello favorece la rendición de cuentas; ya sean electas, nombradas, designadas o sindicalizadas, señaló que debería saberse qué preparación y qué carrera tiene cada persona que se dedica al servicio público.

Por otra parte, la Comisionada del Infoem emitió un voto particular en otro proyecto, debido a que mostró su desacuerdo ante el cobro de copias; ya que el solicitante requirió la información en copia certificada, en tanto que el sujeto obligado no atendió la petición en la modalidad elegida, por lo que se debe privilegiar y ordenar la entrega de dicha documentación sin costo alguno.

En otro sentido, el Comisionado del Infoem emitió una opinión particular, al observar que en un proyecto diverso, quien solicita la información hace alusión a documentación del año 1923; por lo que al tratarse de información con carácter histórico, apuntó que la modalidad de entrega debe ser acorde a las posibilidades que permitan las normas archivísticas de consulta del propio documento.

En su participación, la Comisionada del Infoem emitió un voto disidente, toda vez que el sujeto obligado argumentó no ser competente; sin embargo, las reglas de operación del programa de desarrollo social de nutrición escolar establecen que la distribución de los desayunos escolares fríos serán entregados de manera mensual a los almacenes municipales que los sistemas municipales DIF determinen para tal fin, por lo que consideró que se debió ordenar la búsqueda exhaustiva de la información, para proceder a su entrega.

Finalmente, en esta sesión, en la cual se aprobaron 178 proyectos de resolución a recursos de revisión; se ordenó la imposición de 36 medidas de apremio; de las cuales 25 son apercibimientos a diversas servidoras y servidores públicos de los sujetos obligados; 10 amonestaciones públicas dirigidas a titulares de unidades de transparencia; y una multa al titular de la unidad de transparencia del Ayuntamiento de Donato Guerra, por un monto de 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).