Metepec, Estado de México a 10 de abril de 2024

En dicha sesión, las y los integrantes del Pleno de este organismo garante emitieron su voto a 230 proyectos de resolución a recursos de revisión

Al emitir sus votos a distintos proyectos de resolución a recursos de revisión, durante la 12ª Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) se manifestó un voto particular a uno de los proyectos, tras considerar que debe eliminarse la salvedad otorgada al sujeto obligado para pronunciarse en el supuesto de que no cuente con el documento que acredite el último grado de estudios de las y los servidores públicos que ahí laboran; ya que éste dato favorece la transparencia y la rendición de cuentas.

Por otra parte, se emitió un voto particular a un proyecto, al no compartir que se ordenara la búsqueda exhaustiva y razonable de las fotografías de los tres sellos de suspensión solicitados, toda vez que el sujeto obligado manifestó que fue otra dependencia la que los colocó y por tanto, no cuenta con información adicional. Asimismo, en otro proyecto se emitió voto por el cobro de copias; pues cuando el particular solicitó la entrega de la información en copia certificada y el sujeto obligado no atendió en la modalidad elegida, se debería de privilegiar el principio de gratuidad y ordenar la entrega de los documentos sin costo.

Durante otra participación, se apuntó que si bien, por la naturaleza de sus funciones, el personal que ocupa rangos de mandos medios y superiores se encuentra más expuesto al escrutinio público y su identificación, mediante su fotografía, puede ser relevante para la sociedad; este interés no aplica para aquel personal que ocupa rangos operativos, cuyos puestos son de menor jerarquía y sus funciones no inciden en la toma de decisiones o la aplicación de recursos, por lo que la divulgación de su imagen no aporta valor al interés público y por el contrario, puede vulnerar su derecho a la privacidad sin causa justificada, así que se debería testar su fotografía.

En otro sentido, se reiteró la importancia de la prueba de daño para justificar al particular las razones por las cuales el sujeto obligado no entregará la información solicitada. En otro proyecto de resolución se consideró que debió privilegiarse la entrega de los planos de agua potable y desagüe solicitados por un particular, donde se elimine la ubicación exacta de su localización, por tratarse de información reservada. En otro sentido, se señaló que la clave catastral que obra en licencias de funcionamiento y uso de suelo debe ser públicas, a fin de corroborar la autenticidad de las autorizaciones.

Durante otra participación, se emitió un voto disidente a un proyecto, toda vez que no se compartió el argumento considerado dentro de la resolución, respecto a la imposibilidad técnica para cambio de modalidad; ya que diversos sujetos obligados argumentan un exceso de peso en la entrega de documentos, a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex), sin embargo, se consideró que no basta con sólo declararlo, sino que los sujetos obligados deben justificar, de manera fundada y motivada, las razones por las cuales se pide un cambio de modalidad en la entrega de la información.

Cabe destacar que a lo largo de esta sesión, en la que se resolvieron 230 proyectos de resolución a recursos de revisión, se aprobó también el Acuerdo mediante el cual, se emiten los Lineamientos para la operación del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex) y del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México (Sarcoem). Aunado a ello, se aprobó la imposición de 48 medidas de apremio; de las cuales 43 fueron apercibimientos a diversas personas servidoras públicas; en tanto que 4 fueron amonestaciones públicas a titulares de las unidades de transparencia.

Finalmente, se impuso un apercibimiento como medida de apremio al director general del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de la Paz.